Nos permitimos informarles que el 06 de abril del 2020, el Servicio de Rentas Internas, emitió la resolución No. NAC-DGERCGC20-00000027, en la cual establece que por los nuevos porcentajes de retención vigentes en abril, los contribuyentes que emitieron comprobantes de retención electrónicos entre el 1 al 6 de abril de acuerdo a los nuevos porcentajes de retención podrán transmitirlos al SRI entre el 7 al 13 de presente mes, ya que de lo contrario aparecerán como “NO AUTORIZADOS” y deben ser reenviados en las fechas indicadas.