Nos permitimos comunicarles que el SRI emitió el 29 de abril de 2022 la Resolución Nro.
NAC-DGERCGC22-00000018 que
modifica las Resoluciones Nos. NAC-DGER2008-0621 Y NAC-DGERCGC09- 00391, que establecen las normas para la presentación de la proyección y anexo de gastos personales.
REFOMAS A LA RESOLUCIÓN N° NAC-DGER2008-0621 QUE DISPONE LA OBLIGACIÓN A LOS EMPLEADORES DE CONSIDERAR LOS GASTOS PERSONALES PARA EL CALCULO DEL IMPUESTO A LA RENTA DE TRABAJADORES Y APLICAR LAS RETENCIONES MENSUALES
Con la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia COVID-19, a partir del ejercicio 2022,
los gastos personales ya no son considerados como deducción sino como una rebaja del Impuesto a la Renta causado, por lo que se reforman los artículos 1, 2 y 3 de dicha resolución, aclarando que los empleadores deberán considerar en el cálculo del Impuesto a la Renta de los trabajadores, y por tanto, en la retención mensual aplicable, que los gastos personales se considerarán como un crédito
o rebaja de su Impuesto a la Renta.
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